Pago de la Retención sobre salarios

3 de enero 2007

La Ley 117 del 4 de julio de 2006, (La Ley) enmendó la sección 6181 del Código de Rentas Internas de 1994 a los fines de cambiar la fecha en que se deben hacer los depósitos de la contribución retenida sobre los salarios
pagados.

De acuerdo con la enmienda la contribución retenida deberá ser depositada no más tarde del
decimoquinto (15to) día siguiente al cierre del mes natural en el cual fue deducida y retenida. Anteriormente
la contribución retenida debía ser pagada de acuerdo al sistema utilizado por el Gobierno Federal para el
depósito de las aportaciones al seguro social. La Ley dispone, además, que toda persona que haga pago de
salarios y venga obligada a deducir y retener la contribución sobre ingresos deberá depositar el monto de la
contribución retenida en cualesquiera de las instituciones bancarias designadas como depositarias de fondos
públicos que hayan sido autorizadas por el Secretario de Hacienda a recibir tal contribución.
Por motivo de la enmienda el Departamento de Hacienda envió las libretas de cupones para hacer los
depósitos de la contribución retenida con solamente doce cupones. Anteriormente los patronos que retenían
más de $50,000 tenían que hacer más de doce depósitos al año y necesitaban más cupones para efectuar los
depósitos.


Las nuevas tablas para la retención de la contribución recientemente publicadas y que aplican para el año 2007
toman en consideración los cambios en los tipos contributivos efectuados por la Ley. Estas tablas de
retenciones se pueden encontrar en:
http://www.hacienda.gobierno.pr/publicaciones/tablas_retencion.html


La Ley también enmendó la sección 6064(a), para establecer que toda persona que voluntariamente dejare de
recaudar y entregar el pago de la contribución retenida o evadir la misma incurrirá en un delito grave de
tercer grado que puede con llevar reclusión de 3 a 8 años o una multa de $20,000 o ambas penas. Además, se
eliminó el requisito de notificación para imponer las penas. Anteriormente, la Ley establecía que luego de
recibir una notificación de Hacienda por no haber pagado o depositado la contribución, sino cumplía con lo
requerido incurriría en un delito menos grave.